Solvencia económica y técnica: cómo acreditarla en la práctica
Cómo acreditar la solvencia económica y técnica: qué documento sirve para cada requisito, cómo leer el pliego, medios externos, clasificación y ROLECE.
Preguntas frecuentes
Según el pliego, uno o varios de estos tres: la cifra de volumen anual de negocios (cuentas anuales depositadas, declaración del Impuesto de Sociedades o modelo 390 de IVA); un certificado de la aseguradora que acredite un seguro de indemnización por riesgos profesionales por el importe exigido; o el patrimonio neto / ratio entre activo y pasivo del último ejercicio (cuentas anuales).
Con una relación de obras, suministros o servicios ejecutados (obras: últimos 5 años; suministros y servicios: últimos 3 años) acompañada de certificados de buena ejecución. En el sector público, esos certificados los expide el propio órgano de contratación; en el privado, una certificación del cliente o una declaración del empresario. Debe constar importe, fecha y destinatario.
Sí. El artículo 75 de la LCSP permite basarse en la solvencia y medios de otra entidad (por ejemplo, la matriz o un colaborador), siempre que demuestres que dispondrás efectivamente de esos medios durante toda la ejecución, normalmente con un compromiso por escrito. Para acreditar experiencia o titulaciones concretas, la entidad que las aporta debe ejecutar de verdad esos trabajos.
En buena parte, sí. La inscripción en el ROLECE acredita de oficio la personalidad, representación, clasificación y solvencia económica y financiera inscrita, evitando aportarla en cada licitación. La solvencia técnica ligada a un contrato concreto (obras o servicios similares) suele seguir justificándose caso a caso salvo que figure inscrita.
