Racionalidad, contenido y forma del contrato (LCSP)
La LCSP regula la racionalidad, el contenido mínimo y la forma del contrato: necesidad, idoneidad, plazos, libertad de pactos y perfección (Art. 28-37).
Preguntas frecuentes
Según el artículo 36 de la LCSP, los contratos que celebren los poderes adjudicadores se perfeccionan con su formalización, salvo los contratos menores y los contratos basados en un acuerdo marco o específicos de un sistema dinámico de adquisición, que se perfeccionan con su adjudicación. Los acuerdos marco y sistemas dinámicos tienen este régimen específico.
El artículo 29.4 de la LCSP fija un plazo máximo de cinco años para los contratos de suministros y servicios de prestación sucesiva, incluyendo las posibles prórrogas. Excepcionalmente puede superarse cuando el período de recuperación de las inversiones directamente relacionadas con el contrato lo exija, justificándolo en el expediente.
No. El artículo 37.1 de la LCSP prohíbe expresamente que las entidades del sector público contraten verbalmente, salvo cuando el contrato tenga carácter de emergencia conforme al artículo 120.1. Toda contratación pública es, por tanto, formal y escrita, sin perjuicio del régimen simplificado del contrato menor.
Es la ejecución directa de prestaciones por una persona jurídica distinta del órgano de contratación que cumple los requisitos del artículo 32 de la LCSP: control análogo al de servicios propios y que más del 80% de su actividad se realice para el poder adjudicador que la controla. El encargo no tiene la consideración jurídica de contrato si cumple esos requisitos.
El artículo 29.6 de la LCSP fija como límite máximo cuarenta años los contratos de concesión de obras y de concesión de servicios que comprendan ejecución de obras y explotación. Para concesiones de servicios sin obras, el límite es de veinticinco años (no sanitarios) o diez años (sanitarios), incluyendo prórrogas.
El artículo 35 de la LCSP exige, entre otros, identificación de las partes, definición del objeto y tipo del contrato, legislación aplicable, precio cierto o modo de determinarlo, duración, condiciones de recepción y pago, supuestos de modificación y resolución, crédito presupuestario y obligación de cumplir el convenio colectivo aplicable durante toda la ejecución.
